Defensa por Resistir el Arresto en CaliforniaPC § 148(a)(1)California Penal Code § 148(a)(1)

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What Is Resistir el Arresto in California?

El Código Penal de California § 148(a)(1) tipifica como delito menor resistir, obstruir o retrasar intencionalmente a un agente de paz en el ejercicio de sus funciones.

Lo Que la Fiscalía Debe Probar

Para condenarlo por resistir el arresto, el fiscal debe probar más allá de una duda razonable que: (1) un agente de paz estaba desempeñando sus funciones legales; (2) usted deliberadamente resistió, demoró, u obstruyó al oficial; (3) usted sabía o razonablemente debía haber sabido que la persona era un agente de paz que desempeñaba sus funciones. Los tres elementos deben ser probados — si el oficial actuaba de manera ilegal, puede haber una defensa válida.

Penas por Resistir el Arresto

Resistir el arresto como delito menor bajo el PC 148 es punible con hasta un año en la cárcel del condado y multas de hasta $1,000. Si usted usó fuerza o violencia contra el oficial, podría ser acusado del delito más serio de resistir el arresto con fuerza bajo el PC 69, el cual es un wobbler que conlleva hasta 3 años en prisión estatal como delito grave.

Defensas a Resistir el Arresto

Nuestros abogados evalúan cuidadosamente si el arresto fue legítimo, si su conducta realmente cumplió con los elementos del delito, y si hay evidencia de fuerza excesiva por parte del oficial.

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